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Requisitos para ser Asociado

REQUISITOS DE ADMISIÓN.  Las personas naturales deberán cumplir los siguientes requisitos para ser admitidos como asociados:

a.Ser mayor de 18 años y no estar afectado de incapacidad legal.

b.Ser profesor oficial, empleados oficiales, pensionados en condición de asociados, o empleados de la Cooperativa.

c.Ser hijo(a), cónyuge o compañero(a) permanente o hermano del asociado(a) en concordancia con el literal a. de este artículo.

d.Suscribir y pagar a su ingreso un aporte social equivalente a una suma no inferior al 5% del sueldo mensual básico que devengue o de la pensión que perciba.

e.Presentar por duplicado solicitud de ingreso al Consejo de Administración.

f.Comprobar que ha recibido educación básica cooperativa o comprometerse a recibirla.

g.No haber sido excluido de otras entidades cooperativas.

h.Presentar tres (3) referencias mínimo una (1) financiera y dos (2) comerciales.

Deberes de los Asociados

Serán deberes de los asociados:

a.Comportarse con espíritu solidario y cooperativo en sus obligaciones con la cooperativa y los asociados de la misma.

b.Conocer y acatar los estatutos y reglamentos de la cooperativa y demás disposiciones emanadas de los organismos directivos.

c.Aceptar y cumplir las determinaciones que el consejo de administración o asamblea general adopte conforme a los estatutos.

d.Cumplir fiel y oportunamente los compromisos adquiridos con la cooperativa, de carácter económico y demás derivados de su asociación a la cooperativa.

 

e.Los asociados deberán permanecer todo el tiempo en el recinto de la asamblea o en los sitios de reunión programados por los organismos directivos de la cooperativa.

f.Abstenerse de efectuar hechos que afecten o puedan afectar la estabilidad económica, financiera o el prestigio de la cooperativa.

g.Participar en la educación cooperativa programada.

h.Utilizar habitualmente los servicios de la cooperativa.

i.Asumir el costo de la prima del seguro de vida deudores en cuotas iguales  y pagaderas con el crédito.

 

Derechos de los Asociados

Son derechos de los asociados:

a.Utilizar los servicios de la cooperativa y realizar con ella las operaciones autorizadas en los estatutos.

b.Participar en la administración de la cooperativa, mediante el desempeño de cargos sociales cuando esté habilitado y sea nombrado.

c.Ser informado de la gestión de la cooperativa de acuerdo a las prescripciones estatutarias.

d.Ejercer cargos de decisión y elección en las asambleas generales, de forma que a cada asociado hábil le corresponda un voto.

e.Fiscalizar la gestión de la cooperativa por medio de la junta de vigilancia o el revisor fiscal y excepcionalmente examinar los libros, archivos y demás documentos pertinentes mediante dos delegados en unión de la junta de vigilancia, revisor fiscal o cuando diez (10) o más asociados eleven solicitud motivada al consejo de administración y sea aceptada por éste, para la fecha que él determine, la cual no debe excederse de quince (15) días siguientes a la fecha de presentación de la solicitud.

PÉRDIDA DE LA CALIDAD DE ASOCIADO

La calidad de asociado se pierde por:

a.Retiro voluntario.

b.Por pérdida de alguna de las condiciones para ser asociado o incapacidad legal.

c.Exclusión debidamente adoptada.

d.Fallecimiento

 

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