La administración de la cooperativa será ejercida por:
a.La asamblea general.
b.El consejo de administración.
c.El gerente.
La asamblea general es el organismo máximo de dirección de la cooperativa, estará compuesta por los asociados hábiles del mismo y sus acuerdos y decisiones serán obligatorias para la totalidad de los asociados, siempre que se hayan adoptado de acuerdo con las normas reglamentarias y estatutarias, y la conforman la reunión debidamente convocada de los asociados hábiles.